Un burofax es un método para enviar de forma urgente y verificable uno o varios documentos que podrían ser necesarios como evidencia ante terceros. Su propósito es no solo demostrar el envío de una comunicación con un acuse de recibo, sino también certificar el contenido de dicha comunicación.
Pero, ¿qué pasa si recibes un burofax y no lo respondes? ¿Qué consecuencias puede tener ignorar este tipo de notificaciones? ¿Existe validez legal o un periodo para recoger la documentación correspondiente?
Índice de contenidos
¿Es obligatorio responder a un burofax?
No hay ningún requisito legal que obligue a responder a un burofax, sin embargo, no es aconsejable dejarlo sin atención. Al tratarse de un medio fehaciente de comunicación, el hecho de no responder puede suponer una renuncia a tus derechos o una aceptación tácita de lo que se te reclama.
Además, el burofax suele ser el paso previo a una demanda judicial, por lo que si no lo respondes puedes encontrarte con que el emisor inicie acciones legales contra ti y tengas que afrontar un proceso judicial más costoso y complejo.
Consecuencias de no responder un burofax
Las consecuencias de no responder a un burofax dependerán del caso concreto y del contenido del mismo:
- Si el burofax te reclama el pago de una deuda, información sobre procedimientos judiciales o el cumplimiento de una obligación contractual, no responder puede suponer que se te exijan intereses moratorios, indemnizaciones por daños y perjuicios o la resolución del contrato.
- Si el burofax te notifica la resolución o modificación de un contrato, no responder puede suponer que se entienda que aceptas las nuevas condiciones o que renuncias al contrato.
- Si el burofax te informa de un hecho relevante para tus intereses, no responder puede suponer que pierdas la oportunidad de ejercer tus derechos o impugnar lo que se te comunica.
¿Qué hacer si recibes un burofax?
Cuando recibes un burofax, es crucial que lo leas detenidamente y entiendas su contenido y si tienes alguna duda sobre el texto o las implicaciones del mismo, lo mejor es que consultes con un abogado especializado en la materia.
En función del caso, puedes optar por responder al burofax o no hacerlo. Si decides responder, debes hacerlo dentro del plazo que se te indique y utilizando el mismo medio fehaciente (burofax) o uno superior (demanda judicial). En tu respuesta al burofax debes manifestar tu posición sobre lo que se te comunica o reclama y aportar las pruebas que respalden tu argumentación.
Si decides no responder al burofax, debes ser consciente de las posibles consecuencias legales que puede tener tu silencio y estar preparado para afrontarlas.
Plazo legal para responder un burofax
El plazo para responder a un burofax depende del contenido del mismo, y se divide en dos casos específicos:
- Notificación de pago o requerimiento de documentación: En este caso, el plazo establecido para responder será de 10 días hábiles.
- Demanda legal: En el caso de que el burofax esté relacionado con una demanda legal, el plazo para presentar una respuesta se ampliará hasta 20 días hábiles.
Es importante tener en cuenta que los plazos pueden variar según el tipo de asunto legal y que en algunos casos se puede solicitar una ampliación del mismo.
Qué pasa si no recojo un burofax
Si no recoges el burofax, puedes tener consecuencias negativas, ya que se considera que el burofax ha sido entregado al destinatario cuando se intenta entregar por primera vez, salvo que se pruebe lo contrario. Es decir, si no lo recoges por causa imputable a ti, como estar ausente o rechazarlo, se entiende que has recibido el contenido del burofax y que tienes conocimiento de él.
En cambio, si no lo recoges por una causa ajena a ti, como un error de la oficina de correos o una dirección incorrecta, se considera que el burofax no ha sido entregado y que no tienes obligación de responder.
El hecho de que el burofax no esté entregado no significa que no tenga efectos jurídicos. Según la jurisprudencia, el burofax se considera entregado por causa imputable al destinatario cuando este no lo retira de la oficina de Correos sin justificación. Es decir, el destinatario no puede alegar desconocimiento del contenido del burofax si ha sido debidamente notificado de su existencia.
El hecho de que el destinatario el burofax no haya sido retirado no implica que no tenga que responder al mismo. Si el burofax contiene una reclamación o una notificación de algún tipo, el destinatario debe contestar en el plazo establecido por la ley o por el propio remitente. De lo contrario, puede incurrir en responsabilidades legales o perder derechos.
Por tanto, si recibes un aviso de que tienes un burofax pendiente de recoger, te recomendamos que lo hagas cuanto antes y que leas con atención su contenido. Así podrás actuar en consecuencia y evitar posibles problemas.